Fiscalidad del juego: premios de póker y tributación

Los premios de póker, tanto en casinos físicos como en plataformas online, tributan como ganancias patrimoniales en el IRPF.

Publicado el 2025-04-20 · Equipo GTM

En mayo de 2025, Hacienda ha recordado que los premios de póker, tanto en casinos físicos como en plataformas online, tributan como ganancias patrimoniales en el IRPF. El póker es considerado un juego de azar, por lo que NO se puede tributar como actividad profesional ni es necesario darse de alta como autónomo.

El error más común es no declarar todas las ganancias, o intentar deducir pérdidas de ejercicios anteriores. Solo se pueden compensar las pérdidas del mismo año fiscal en que se obtuvieron las ganancias.

Los torneos internacionales añaden complejidad, porque las ganancias en el extranjero también deben declararse en España. Si ya se pagaron impuestos en otro país, debe aplicarse la deducción por doble imposición.

La tributación incluye premios en efectivo, fichas, y cualquier otro beneficio recibido. Debe valorarse al precio de mercado en el momento de obtención del premio.

Los registros deben incluir: fecha del torneo/juego, lugar, premio obtenido, pérdidas del mismo año (para compensación), y documentación de cualquier retención fiscal aplicada en el extranjero. Las ganancias tributan en la base del ahorro del IRPF con tipos del 19% al 26% según tramos.

Fuentes