Hacienda obliga a los bancos a informar de todos los cobros con tarjeta de autónomos sin límite de cantidad

Desde enero de 2026, los bancos deben comunicar a Hacienda todos los cobros con tarjeta de empresarios y autónomos, eliminando el límite de 3.000€. La información pasa a ser mensual.

Publicado el 2026-01-16 · Equipo GTM

La Agencia Tributaria ha dado un paso decisivo en el control fiscal de empresarios y autónomos: a partir de enero de 2026, los bancos deben informar de todos los cobros con tarjeta que reciban estos contribuyentes, sin importar la cuantía. Se elimina así el límite anterior de 3.000 euros.

¿Qué cambia exactamente?

Hasta ahora, las entidades financieras solo estaban obligadas a reportar a Hacienda los cobros con tarjeta superiores a 3.000 euros. Con la nueva normativa, cualquier cobro realizado por un empresario o autónomo será comunicado a la Agencia Tributaria, "con el fin de evitar la pérdida de información relevante".

El objetivo es claro: contrastar que las ventas reales se corresponden con las declaradas en las autoliquidaciones de IVA e IRPF.

Información mensual en lugar de anual

Otro cambio fundamental es la periodicidad del reporte. Los bancos deberán remitir mensualmente toda la información sobre:

Esta información pasaba anteriormente de forma anual. Ahora será mensual, lo que permite a Hacienda disponer de datos mucho más actualizados.

> "Tanto la información sobre cuentas como la relativa a los sistemas de cobro mediante tarjetas o teléfonos móviles pasa a ser de anual a mensual, lo que permite a la Administración disponer de datos más actuales y útiles para el desarrollo de sus funciones".

Importante: El saldo disponible de las cuentas seguirá reportándose anualmente, sin cambios.

¿Qué pasa con Bizum?

Los bancos solo informarán de las operaciones de Bizum que respectan a empresarios y autónomos, quedando fuera los particulares. Además, deberán remitir toda la información sobre tarjetas que ofrezcan funciones de efectivo, débito, crédito y dinero electrónico utilizadas por trabajadores por cuenta propia.

¿Y los particulares?

Para los particulares, Hacienda recibirá información de manera anual sobre abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y gastos en establecimientos. Solo quedan excluidas las tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros.

Base legal

Todas estas obligaciones están recogidas en el Real Decreto del 1 de abril, que reformó el Reglamento de la Inspección Tributaria.

¿Cómo te afecta si eres autónomo o empresario?

1. Mayor transparencia obligatoria: Cada euro cobrado con tarjeta o TPV será reportado a Hacienda.

2. Cruces de datos más frecuentes: Al recibir datos mensuales, las discrepancias se detectarán mucho antes.

3. Riesgo de inspección: Si hay diferencias entre los cobros reportados por el banco y lo declarado, podrías recibir un requerimiento.

4. Bizum profesional bajo control: Si usas Bizum para cobrar como autónomo, también quedará registrado.

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Fuentes